LLamadas realizadas fuera de horario, amenazantes, sin tener adeudo o relación comercial o de algún otro tipo con dicha Institución.

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Mérida, Yucatán, 23 de noviembre de 2024 Buenas tardes, la suscrita Nancy Pech Medina, persona mayor de 65 años de edad, así como con padecimiento y tratamiento delicado de cáncer de la tiroides y de pulmones, señalando como medio para recibir notificaciones el correo electrónico de origen o bien el número de teléfono 99 91 07 97 85 , el cual únicamente autorizo para este fin y no otro, bajo protesta de decir verdad, manifiesto que desde hace un año aproximadamente he recibido llamadas telefónicas procedentes al parecer de un "despacho de desconocida naturaleza o bien, jurídico" en las últimas sin que persona alguna se identifique, siendo los últimos números de teléfono 99 39 80 37 34 sin que persona alguna se identifique y a quien últimamente le reiteré que la suscrita carece de deuda alguna con institución departamental o crediticia. Como me han amedrentado con requerimiento de pago, he explicado en anteriores ocasiones que no tengo relación con la persona de la que inicialmente serví de referencia, llamada Reina Cimé, sin haberme constituido como aval, sin embargo, de quien he dicho que le requiera de pago en el domicilio y con el número de teléfono que tiene con esa empresa. Estas llamadas han sido insistentes, a horas de la madrugada, en fines de semana, requiriéndome de pago por una deuda inexistente Esto, evidentemente transgrede los drechos que me corresponden de conformidad al l ACUERDO A/002/2015, que establece: las entidades comerciales son responsables de supervisar de manera permanente que las actividades realizadas por sus despachos de cobranza se ajusten a la normatividad aplicable para su operación, por lo que los mismos NO PODRÁN: Dirigirse a personas distintas al cliente, obligado solidario o aval, particularmente con menores de edad, personas con discapacidad y adultos mayores, a menos que este último se trate del cliente. Establecer contacto en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado por la entidad comercial o el propio cliente, obligado solidario o aval. Enviar comunicaciones a terceros con excepción de deudores solidarios o avales en las que se dé a conocer el incumplimiento de pago Realizar visitas o llamadas telefónicas al domicilio del consumidor entre las 22:01 y las 06:59 horas, de acuerdo a los husos horarios en que se encuentre el deudor. Hacer uso de lenguaje ofensivo, obsceno o de palabras altisonantes, acosar, amedrentar, intimidar o amenazar al establecer comunicación con el cliente, sus avales, deudores solidarios, familiares, amigos o compañeros de trabajo. En atención a lo anterior, solicito que CESEN ESAS LLAMADAS y que esas personas realicen lo procedente de manera directa con dicha persona que dicen es deudora, pues han afectado la salud psicológica y física de la suscrita. Es menester, decir que la que dirige este escrito, ha recibido las llamadas telefónicas que hacen en días inhábiles y a horas posteriores a las 22:00 horas, pues tengo familiares cercanos que viven lejanos y que pienso, que por ello debe ser de carácter urgente y necesario, por lo que he despertado de manera súbita y me he encontrado con interlocutores digitales o grabaciones cobrándome una deuda inexistente, por lo cual mi salud se ha visto afectada.

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